El Relativismo Ético

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Protágoras sostenía dos cosas: que no puede demostrarse que los principios morales sean válidos para todo el mundo y que la gente debe actuar conforme a las convenciones de su grupo. Opiniones como esta constituyen formas de relativismo ético, aunque el término “relativismo” se utiliza en distintos sentidos (considerar que una acción puede ser correcta o incorrecta según el lugar, mantener un par de proposiciones causales, el poseer valores distintos los diferentes grupos sociales o el considerar los valores individuales como réplicas de las tradiciones de cada grupo), ninguno de los cuales utilizaremos aquí para hablar de relativismo ético.

1. La cuestión: ¿son las opiniones éticas conflictivas igualmente válidas?

Podemos dividir la formulación de Protágoras en dos partes, aplicando el término “relativismo ético” a la teoría que coincida con la formulación que hagamos de la primera parte de su alegato. Podemos formular abreviadamente, así, la tesis del relativismo ético: Existen opiniones éticas conflictivas que son igualmente válidas. Hagamos algunas observaciones al respecto.
  1. El enunciado se refiere a enunciados éticos, pero no es en sí mismo un enunciado ético. La teoría relativista es, así, una teoría metaética.
  2. El enunciado es cauteloso: no afirma que no existan opiniones éticas válidas para todo el mundo.
  3. La tesis no sólo sostiene que a veces distintos individuos poseen opiniones éticas conflictivas, sino que además mantiene que las opiniones éticas conflictivas son igualmente válidas.
  4. ¿Qué se entiende por “opiniones morales conflictivas”? Una “opinión” es la disposición a formular un enunciado sincero sobre si algo es correcto o no. Una condición suficiente para que exista conflicto entre dos enunciados éticos es que ambos sean acerca del mismo tema y que uno de ellos aplique al tema un predicado ético P y el otro, el mismo predicado pero negado de alguna forma.
La cuestión es saber cuándo se refieren dos enunciados éticos al mismo tema. Podemos decir que dos personas están hablando del mismo tema cuando ambas formulan predicaciones éticas conflictivas sobre alguna cosa que es ostensiblemente la misma para los dos, cuando en tales predicaciones una de las personas cree que la cosa en cuestión posee la propiedad P mientras que la otra no lo cree y cuando resulta que si una de las dos personas dejase de creer esto, estaría de acuerdo con la opinión de la otra persona. Ambos interlocutores no están enjuiciando el mismo tema, pero sí están hablando del mismo tema.
¿Cuál es el significado de la expresión “igualmente válidas”? El relativismo ético no afirma sólo que dos enunciados éticos son igualmente válidos a la luz de los hechos actualmente conocidos, sino más bien sostiene que esto es así incluso aplicando la mejor metodología ética posible y a la luz de un sistema completo de conocimientos fácticos o no éticos, es decir, que la aplicación de un método “racional” en ética, en presencia de un conocimiento completo de los hechos fácticos, apoyaría por igual los dos enunciados éticos conflictivos. De este modo, afirmar que dos enunciados éticos conflictivos son “igualmente válidos” significa que o bien no existe ningún método racional único en ética o bien que el uso de tal método racional único, en presencia de un sistema completo de conocimientos fácticos, no permitiría distinguir entre ambos enunciados. En este sentido, el relativista ético afirma que existen al menos algunos ejemplos de opiniones éticas conflictivas igualmente válidas.
El relativista más radical mantiene que existen opiniones éticas conflictivas y que no existe ningún método racional único en ética (“relativista metodológico”), mientras que el menos radical sostiene que existen algunos ejemplos de opiniones éticas conflictivas igualmente válidas sin negar que pueda existir un método racional único (“relativista no metodológico”).

2. El relativismo metodológico

Para determinar la verdad de esta teoría hay que saber si existen opiniones conflictivas acerca del mismo tema. Algunos autores ha negado que exista una evidencia antropológica de esto, pero parece claro que sí existen juicios éticos conflictivos que tienen presente la misma situación. Sin embargo, no parece cierta la pretensión de que no existe ningún método racional único en ética (recordemos lo referente al método “habitual” o de la actitud cualificada, por ejemplo). La existencia de relativistas metodológicos puede deberse al desconocimiento del método “habitual” o a que cuando afirman que no existe un enunciado ético objetivamente más válido que otro quieren en realidad decir que no se puede demostrar que los enuciados éticos sean confirmados o refutados por la observación de un modo exactamente igual a como lo son las hipótesis científicas: en este caso, los relativistas pasan por alto la posibilidad de que las pruebas de valoración de los juicios éticos sean distintas, aunque no por ello menos defendibles, que las pruebas científicas.
Por otro lado, muchos científicos sociales adcritos al relativismo metodológico piensan que la lógica inductiva es más “racional” (más respaldada por la lógica deductiva) que el método “habitual” de la reflexión ética. Esta distinción es irracional. Es posible, no obstante que el método racional único en ética –y cuya existencia niega el relativismo metodológico- no sea el descrito como “habitual”.
¿Cuáles de las teorías éticas cabe adscribir al relativismo metodológico? El naturalismo no caería en esta categoría, pues esta teoría mantiene que los enunciados éticos son tan susceptibles de confirmación observacional como los enunciados empíricos. Para el naturalismo, el método racional único es el de la lógica inductiva. Por otro lado, la teoría emotivista en su desarrollo habitual pertenecería al tipo de los relativismos metodológicos, pues no reconoce ningún método racional único de reflexión, sino que para ella todo lo que resulte eficaz y logre la armonía de las actitudes está permitido (no admite un enjuiciamiento “objetivo” de una convicción ética). Este carácter relativista no es necesario para el emotivismo, pues éste puede mantener que los enunciados éticos son expresiones de actitudes globales e impersonales o que el uso del lenguaje ético posee implicaciones contextuales o afirmaciones que resultan, cuando menos, evaluables.
Además, si es verdad que existe un único método racional en ética (que bien pudiera ser el método de la actitud cualificada), entonces el relativismo metodológico no sólo esta equivocado, sino que se contradice si, a la par que mantiene su postura, formula también enunciados éticos. En cualquier caso, el relativista metodológico no ha de renunciar obligatoriamente a la discusión ética, pues puede tratar de responder a las cuestiones normativas a través de acuerdos: este relativismo puede realizar razonamientos éticos desde presupuestos contextualistas –y sólo contextualistas.

3. El relativismo no metodológico: el “verdadero” relativismo.

Esta segunda forma de relativismo, menos radical, mantiene la existencia de juicios éticos conflictivos sobre los mismos temas pero afirma también la existencia de un único método racional de reflexión ética, que en ocasiones, y aplicado a un conjunto completo de datos, no es capaz de de decidir entre tales juicios conflictivos. Cabe preguntarse si tales juicios conflictivos son siempre igualmente válidos. Algunas teorías metaéticas son consistentes con el relativismo no metodológico, como, por ejemplo, el naturalismo de Westermarck, para quien el método racional de decisión ética es el método de la ciencia, ya que es posible describir las condiciones en las que los enunciados conflictivos pueden ser ambos “válidos”. Sin embargo, este relativismo es inconsistente con teorías metaéticas como el no naturalismo, la teoría de Perry o la forma absolutista del observador ideal.

Interesa también saber el grado de consistencia del relativismo no metodológico con la tesis del método de la actitud cualificada. Veámoslo.
  1. Esta consistencia se dará si y sólo si es lógicamente posible que dos juicios éticos conflictivos cumplan las condiciones de este método. Si formulamos este método de modo que sea suficiente para la validez de un juicio personal el que éste satisfaga las pruebas tal como la persona en cuestión las realiza (sin considerar cuando las pruebas las hacen otras personas), entonces es lógicamente posible que dos juicios conflictivos sean ambos válidos. Aunque es muy infrecuente pensar al mismo tiempo que un juicio particular cumpla las condiciones del método de la actitud cualificada y que un juicio conflictivo con otra persona reúna también las mismas condiciones, se observa que hay personas que consideran improbable que los juicios de todo el mundo coincidan en muchos temas, por muy cualificados que estén y que, pese a todo, estas personas formulan asertos morales en consonancia con sus propias actitudes. Así, hay un cierto apoyo para que el método de la actitud cualificada sea consistente con el relativismo no metodológico.
  2. No obstante lo anterior, se da una dificultad lógica al considerar la consistencia del relativismo metodológico (en el que dos actitudes cualificadas pueden diferir en su valoración de una cosa) con la propuesta de que los enunciados éticos afirmen que una actitud correspondiente por parte de todo el mundo reúne las condiciones establecidas. Tal vez pueda salvarse esta consistencia a través de una reformulación relativista de la definición cuasi-naturalista (“x es deseable” puede significar “el deseo de x por mi parte, cumple todas las condiciones…”) que la acerque a su contraparte no-cognoscitivista.
Ahora bien, puede darse esta consistencia pero resultar que el relativismo no metodológico sea falso. La decisión al respecto dependerá de la metaética utilizada. En el caso del naturalismo de Westermarck (coincidencia de las actitudes de todas las personas imparciales) el relativismo no sería posible, sería falso. Si adoptamos como método racional en ética el de la actitud cualificada, nos encontramos en una posición similar: los enunciados éticos válidos nunca entrarían en conflicto y el relativismo resultaría ser, también, falso. De modo que el relativismo es correcto si esencialmente las actitudes cualificadas con relación al mismo acontecimiento pueden entrar en conflicto. ¿Es esto posible? Es difícil contestar a esta pregunta por el método directo de encontrar a dos personas cualificadas y que manifiesten actitudes contrarias (nunca estaríamos seguros de si estas dos personas tienen en cuenta todas las consideraciones relevantes). Sin embargo, si confiamos en las leyes causales como explicación de las actitudes personales, entonces podemos pensar que las actitudes cualificadas varían ocasionalmente. La respuesta vendrá de la mano de las teorías psicológicas a nuestra disposición, aunque éstas proporcionan respuestas diversas. Según la teoría Gestalt, las actitudes respecto de una situación serán idénticas si la situación se entiende de modo idéntico. Pero la teoría psicoanalítica y la teoría del aprendizaje de Hull brindan la posibilidad de dos actitudes cualificadas conflictivas dependiendo del desarrollo de las personas implicadas. A este respecto, los testimonios experimentales parecen apoyar la respuesta relativista, pues las orientaciones fundamentales adoptadas por los padres en los primeros años ejercen una influencia permanente en las actitudes del individuo, de forma que los sujetos con experiencias infantiles diversas en el sentido relevante pueden adoptar actitudes diferentes, aunque igualmente cualificadas.
Los estudios antropológicos también son relevantes: circunstancias tales como conflictos personales, actitudes de los parientes y el logro de prestigio orientan en gran medida el desarrollo de los valores de los adultos en sociedades primitivas. Además, grupos distintos poseen valores distintos. Sería relevante comprobar que pueden prevalecer distintas normas aun cuando grupos distintos posean las mismas creencias sobre acontecimientos relevantes: en tal caso, las actitudes serían función de estas variables. Es posible que se dé tal variación de normas grupales, pues existe una esfera de opinión ética en la que se da esta diversidad de valoración a la vez que una posible identidad en las creencias relativas a la acción (por ejemplo, las similares creencias relativas al efecto del maltrato de animales en distintas sociedades frente a la diversidad de valoraciones éticas al respecto). La dificultad de la investigación en este terreno no garantiza que las actitudes de los grupos cumplan las condiciones de “cualificación”, por lo que conviene la cautela y el escepticismo. No podemos asegurar que coexistan las valoraciones divergentes con la identidad de creencias respecto de una misma cuestión. Ahora bien, admitir que las normas éticas de los grupos no son sólo función de sus creencias supone abrir la posibilidad de conflicto entre actitudes “idealmente cualificadas” con relación al mismo acontecimiento: habría razones para afirmar la validez del relativismo no metodológico.

4. Universales éticos

Puede que existan esferas de la vida en las que los juicios en conflicto no son igualmente válidos. Podemos preguntarnos exactamente en qué temas son tolerables las opiniones éticas en conflicto y en qué temas todas las opiniones válidas han de coincidir. Nuestro examen de los hechos puede –o no-concluir que existen ámbitos en los que no puede haber dos opiniones válidas acerca de algunos principios (lo que implica que la posición relativista en tales temas es indefendible). Otras cuestiones, a las que han tratado de responder los científicos sociales, son las relativas a la proporción de temas sobre los que pueden existir opiniones conflictivas pero igualmente válidas y la relativa importancia de los temas sobre los que parecen defendibles opiniones morales contrapuestas.
En relación con estas dos últimas cuestiones los científicos sociales han experimentado un notable cambio de opinión, desde la proclamación de la igual validez de los modos de vida humana más diversos (caso de Ruth Benedict, por ejemplo) hasta la actual atención hacia las semejanzas entre las sociedades distintas, el funcionamiento de los sistemas sociales, el análisis de las instituciones sociales y el mantenimiento del grupo social. Este nuevo enfoque ha producido algunos resultados que detallamos a continuación.
  1. Hay un acuerdo sobre que determinadas características de un sistema cultural son esenciales para el mantenimiento de la vida, que es inevitable un sistema de valores que sancione estas formas y que ha de darse una diferenciación de funciones a tal fin. Esto se concreta en la existencia de formas institucionales comunes a toda sociedad, como la familia o la división sexual del trabajo.
  2. Los antropólogos han encontrado mucho más sustrato común en los sistemas de valores de diferentes grupos, lo que podríamos denominar “universales”: el concepto diferenciado de asesinato, las nociones de incesto, restitución, reciprocidad y trato equitativo, la valoración del conocimiento y al evasión de las presiones de la realidad, por ejemplo.
  3. Al mismo tiempo, los antropólogos admiten un gran ámbito de variación con relación a los detalles de la conducta prescrita (Kluckhohn). Lipton, por ejemplo, distingue en una escala de orden de importancia entre valores básicos, asociados con fuertes afectos emocionales y que resultan muy comunes en los distintos grupos humanos, y los valores superficiales, que implican poco afecto emocional y que presentan una mayor variabilidad intergrupal. Entre ambos límites, asegura Lipton, se extiene un continuo de valores con diverso grado de afecto emocional.
En definitiva, las observaciones de los antropólogos muestran que se da un alto grado de acuerdo acerca de valores considerados importantes y que algunos valores e instituciones asociadas son inevitables, dada la naturaleza humana y su inserción social. Con lo cual es posible que el relativismo ético sea verdadero cuando afirma que existen algunos juicios éticos conflictivos igualmente válidos, pero sin que quepa extender el ámbito de esta afirmación.

5. ¿Un tipo especial de ética para los relativistas?

Un relativista ético acepta la tesis que afirma que “existen opiniones éticas conflictivas igualmente válidas”, y también asume el segundo aserto de Protágoras: la insistencia en que la gente debe seguir las convenciones de su grupo. Este tema de la tolerancia ha sido defendido por asociaciones de antropólogos, por antropólogas de la talla de Benedict y por el profesor Herkovits, quienes afirman que el reconocimiento de la relatividad cultural pone de relieve la validez de los valores propios de los grupos para sus propios integrantes. Sin embargo, cabe preguntarse si la tesis relativista implica consecuencias éticas como la que sigue: “si todos los códigos morales son igualmente válidos, ¿por qué no cambiarse a un código menos exigente? Esto nos lleva a considerar la tolerancia como un ideal del relativismo ético.
En efecto, ¿es la tolerancia, según los relativistas, una más entre las opiniones éticas conflictivas igualmente válidas? ¿O es la tolerancia un valor fundamentado en los métodos de la ciencia? Analicemos lo que responderían a esto, de forma consistente, los dos tipos de relativista:
  1. Para un relativista metodológico que no crea en la existencia de ningún método racional único de valoración ética, el valor de la intolerancia esta tan (in)justificado como el de la tolerancia, de modo que la intolerancia puede ser la conclusión de su relativismo. Sin embargo, es posible reconocer la influencia causal de la doctrina relativista en los valores de sus defensores al mostrar éstos actitudes en defensa de la tolerancia, de modo que resulta consistente ser relativista, estar influido causalmente por las convicciones propias en la dirección de la tolerancia y expresar actitudes propias a favor de la tolerancia al elogiar ésta. Ahora bien, no resulta consistente la pretensión relativista de asignar a la tolerancia una “mayor validez” según los hechos de la ciencia.
  2. Para un relativista no metodológico –menos radical- existe un método racional único que descubre algunos principios morales inaceptables, lo que deja margen para opinar sobre el número de juicios éticos tan válidos como otros con los que compiten. Así, este relativista puede mantener consistentemente que la tolerancia está justificada, aunque no pueda afirmar que la tesis relativista implique lógicamente esta posición. Ahora bien, ¿puede este relativismo justificar la tolerancia total (por ejemplo, la tolerancia de la intolerancia)?
A este respecto pueden distinguirse dos sentidos de “tolerancia”: como sentimiento de respeto hacia una persona y sus opiniones o como sentimiento de respeto aún considerando que sus opiniones son erróneas y que deben ser cambiadas. La primera acepción es la habitual en la tradición anglosajona, si bien el respeto por las opiniones morales sinceras que se consideran erróneas tiene unos límites, es decir, se acepta un ámbito limitado en el que mantener distintas opiniones: la ampliación de este ámbito no puede ser indefinida (aunque puede ampliarse en el caso de personas procedentes de diferentes culturas).
Los relativistas, sin embargo, no parecen defender esta acepción de “tolerancia”, sino que su afirmación de la validez de las normas de un pueblo determinado, por ejemplo, quiere significar el deber de aconsejar o no desanimar a la gente para que actúe conforme a las normas morales de su comunidad: esto implica la admisión total de las prácticas aceptadas por otros pueblos. Esta afirmación no está lógicamente implicada en la tesis del relativismo metodológico, aunque el relativismo no metodológico deja abierta la posibilidad de que no existan dos opiniones en conflicto igualmente válidas acerca de cuestiones importantes. Pero si esto último es así, ¿puede el relativista aceptar la tolerancia total en relación con tales cuestiones? La respuesta es que no, a menos que opiniones conflictivas sean igualmente válidas en todos los puntos o a menos que exista una argumentación general para admitir las prácticas aceptadas por los otros grupos.
Para algunos relativistas, esta argumentación existe y viene a decir que cada conjunto activo de instituciones es mejor para quienes la practican que el caos y que, por ello, deberían evitarse las interferencias. Sin embargo, esto da por hecho una cohesión monolítica y una inflexibilidad de los sistemas institucionales que no está demostrada. De este modo, el relativismo metodológico puede llevar a la defensa de la tolerancia, pero no puede afirmar consistentemente que ésta posea una superioridad objetiva. Por su parte, el relativismo no metodológico permite afirmar que la tolerancia es válida y la intolerancia no, pero deja abierta la posibilidad de determinar una única opinión justificada en muchos casos. De cualquier forma, no parece que desde el relativismo pueda justificarse una defensa total de la tolerancia.
En cuanto a la pregunta por la posibilidad de cambiarse a un código moral menos exigente si todos son igualmente válidos, caben dos consideraciones. En primer lugar, las convicciones éticas de nuestro propio grupo no son necesariamente correctas y si la norma precisa revisión no es preciso marchar a otra sociedad con normas distintas para cuestionar las convicciones de nuestro propio grupo. En segundo lugar, si en nuestra comunidad concluimos (con el método “habitual”) que debe hacerse cierta cosa pero se prefiere hacer algo distinto, el relativismo no nos permite trasladarnos a otra sociedad cuyas normas válidas sí nos permitan hacer lo que apetecemos, pues el método “habitual” antes aplicado nos ha llevado a la conclusión de que es cuestionable que el código de esta segunda sociedad sea “igualmente” válido.
En resumen, ¿qué se concluye de todo lo anterior? Primero, un rechazo del relativismo metodológico, debido a la existencia de un método “habitual” de valoración de los enunciados morales. Y segundo, que el relativismo no metodológico no es inconsistente con la aplicación del método “habitual”, pues los testimonios apoyan el que personas distintas puedan aplicar apropiadamente el método “habitual” y presentar respuestas conflictivas con relación a algunas cuestiones éticas. Ahora bien, ¿respecto a qué problemas éticos puede demostrarse que una, y sólo una, opinión es correcta?
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1 comments:

  1. El relativismo ético, produce situaciones adversas en el buen desarrollo de nuestra sociedad, que debería propender a reconocer la Familia Patrimonio de la Humanidad.

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